En detalle, el real decreto incluye que, para las explotaciones y actividades agrarias en las que se hayan producido daños, el Ministerio de Hacienda podrá autorizar la reducción de los índices de rendimiento neto sobre los que se estima el IRPF y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido.
Esta reducción tendrá carácter excepcional y se tomará a la vista de los informes que realiza el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El sector agrícola y ganadero también se podrá acoger de otros beneficios fiscales dispuestos en el real decreto, como la exención de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondientes al ejercicio 2024.
Se incluyen aquí los bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales.
Acceso a las ayudas
Para acceder a este beneficio será necesario acreditar pérdidas en las producciones agrícolas y ganaderas que constituyan siniestros cuya cobertura no resulte posible mediante formula alguna de aseguramiento público o privado.
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El sector agrario y pesquero también podrá beneficiarse de una reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al ejercicio 2024.
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