¿Ley de la Cadena o de la ‘Condena’ Alimentaria?

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Desde Coexphal alertan de la inaplicabilidad del Real Decreto-Ley 5/2020 a efectos prácticos, y advierten que podría dar al traste con el trabajo de décadas.

Tras meses de incertidumbre como consecuencia de la COVID-19, la ‘nueva normalidad’ se impone, y el sector agroalimentario retoma los problemas más acuciantes. El primero de ellos, la reciente reforma de la Ley de Medidas para la Mejora del Funcionamiento de la Cadena Alimentaria de la Ley de la Cadena Alimentaria, o más bien Ley de la ‘Condena’, como la denominan desde Coexphal, si no se modifica un punto crucial, el de los precios mínimos. En concreto, se han referido al extracto en el que se dice lo siguiente:

“Los contratos contendrán como mínimo un precio en cuantía fija o variable, que deberá ser el coste efectivo de producción del producto, teniendo en cuenta el coste de los principales inputs del operador, y haciendo alusión expresa a que el precio deberá cubrir los costes de producción (…) cada operador de la misma deberá pagar un precio igual o superior al coste de producción”.

Este lunes la asociación ha celebrado un desayuno informativo para poner los puntos sobre las íes a un texto “farrogoso” en el que ha habido un “error de cálculo” que podría abocar a muchos operadores al desastre. Y es que, a pesar de las, dicen, “buenas intenciones” del Ministerio de Agricultura, “no se han estudiado las consecuencias” y el “querer ir más allá de la Unión Europea, tocando el mecanismo de formación de precios sin calcular las consecuencias reales”, supone un error garrafal.

Cabe recordar que en mayo de 2019 se publicó una Directiva UE que no fija los precios, como tampoco sucede en el resto de países comunitarios. Lo de España es, por tanto, una singularidad. Desde Coexphal abogan por unificar la Ley española con la Europea, y han presentado alegaciones al Real Decreto-Ley 5/2020, como ya adelantó a Fruit Today el gerente de Coexphal, Luis Miguel Fernández Sierra, en esta entrevista.

Haciendo las cuentas

El gerente de Coexphal, Luis Miguel Fernández Sierra, y el consejero delegado, Juan Colomina, han puesto ejemplos prácticos de cómo afectará a un agricultor y una cooperativa media la “Ley-arpón”.

Si se toma como referencia el precio medio del coste de producción del tomate que publica en su web el Ministerio de Agricultura, con 0,66€/kg (un precio “muy por encima del real, de unos 50-55€/kg de tomate, y del de muchos productos de los invernaderos de Almería”), en 1 hectárea de cultivo que genera unos 135.000 kg/campaña, Coexphal calcula que no se podría vender en torno al 35% de la producción. Esto conllevaría un encarecimiento del precio medio final por aspectos como el de la destrucción del producto. Al final de la campaña ese agricultor tendría un incremento del coste del 54%, 0,76€/kg.

Este mismo ejemplo es extrapolable a las cooperativas. En una de 100 agricultores con 100 h de tomate y 13,5 mill. kg, el coste de producción se elevaría a 0,93€/kg.

Como ha recordado Luis Miguel Fernández, “los perecederos tienen costes variables, no se pueden fijar previamente”. El motivo es que, en ciertos momentos de la campaña, por la ley de la oferta y la demanda, los productores tienen que rebajar los precios, compensándolos cuando hay menos volumen de producto en el mercado, para poder competir con otros países como Marruecos, que tiene un precio mínimo para vender en la UE de 0,46€/kg de tomate. “Marruecos tiene una ventaja de 20 céntimos sobre España”, ha subrayado Colomina.

El ‘equilibrio’ que logran los productores con los malabarismos a lo largo de la campaña se rompe con la Ley, que obliga a fijar siempre un precio igual o superior al de producción. Un precio que, una vez fijado, no se podría revertir, de ahí lo de ‘arpón’.

Se corre el peligro de que, a sabiendas de esto, algunos productores opten por fijar en los contratos precios por debajo de los costes reales de producción. Un riesgo, sin duda, ya que se arriesgarían a ser sancionados por la Administración y “nos podríamos cargar el mercado” que tantos años ha costado poner en el lugar donde está actualmente.

Por su parte, el comprador podría abstenerse de comprar para no arriesgarse a una sanción. Otra opción sería superar el coste medio de producción -algo poco probable, si se tiene en cuenta la competencia de otros países-, y luego está la alternativa de exigir al vendedor que incluya en el contrato una cláusula de exención de responsabilidad.

En el ámbito de las cooperativas, cabe la posibilidad de que algunos socios se sientan “infrapagados” y se creen enfrentamientos internos.

“La batalla diaria de la agricultura ha sido bajar el coste unitario, rebajar el coste de producción/kg para ser más competitivos, pero la Ley consigue justo lo contrario. Son décadas de trabajo tirados por la borda. Esto no es lo que el sector solicita”, lamenta Colomina.

Consenso

Durante la comparecencia, Colomina ha sido crítico con el papel que han jugado algunas organizaciones agrarias en este contexto, y ha señalado que, en la negociación de un texto del calado de la Ley de la Cadena Alimentaria, el peso de la interlocución debería recaer en una interprofesional que represente a toda la cadena de valor, productores y consumidores incluidos.

“Ser intervencionista suele tener consecuencias, normalmente negativas. Por ello, deben ser las interprofesionales, con representación de todos los eslabones, donde primero se consensuen este tipo de decisiones junto con el Gobierno. Nuestro modelo debería haber sido el de los franceses -Interfel-, pero hemos topado con la ‘iglesia’”.

¿Intervencionismo?

Sobre el papel intervencionista del Estado, el consejero delegado de Coexphal ha recordado modelos como el del cereal o el olivar, sustentados en buena parte por los subsidios. ¿Debería intervenir el Gobierno del mismo modo en la agricultura intensiva?

“Si solo miras el precio mínimo hacia arriba, da la impresión de que todo es maravilloso y vas a cobrar todo por encima de ese precio. Pero si te detienes a mirar por debajo del precio mínimo, te das cuenta de que todo lo que antes cobrabas aunque fuera por debajo de tu coste, vas a dejar de percibirlo. El precio mínimo si va acompañado de una intervención pública donde se te indemniza por todo lo que no puedes vender, porque el Estado te obliga a no vender, podría funcionar dependiendo de cual fuera el precio de intervención. Pero cuando no existe el precio de intervención, ese producto lo cobras a cero”, ha explicado Colomina.

Una forma de intervenir sería pagar los 0,09€/kg por la retirada de productos que no se puedan vender al precio medio estipulado. De este modo, «la Ley se cargaría al mercado, pero un poco menos. Toda intervención pública tiene consecuencias”.

En medio de la incertidumbre, y a la espera de saber si, efectivamente, se aplicarán taxativamente las sanciones por no fijar los precios correctamente en los contratos de compra-venta, sigue habiendo muchos productores que desconocen el alcance de la normativa, y hay empresas que barajan la posibilidad de deslocalizarse o abrir filiales en otros países. ¿Será la Ley de la Cadena una Ley de la Condena al sector agrícola español?

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