60.000 € de multa para supers y bares por el desperdicio

El desperdicio alimentario de supermercados y bares se hace hueco en la agenda política. Ayer fue aprobado por el Consejo de ministros un proyecto de ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario
Food Waste 3 desperdicio alimentos

La rigurosidad de la norma explica que, a partir de su publicación oficial, las empresas deberán informar anualmente de cuánto desperdician. Los restaurantes, por su parte, deben comunicar a los comensales que pueden llevarse sus sobras y facilitárselas de manera gratuita. La norma también hace alusión a que los productos con fecha de caducidad próxima deben ser vendidos a precios inferiores, aspecto que afecta muy de cerca al sector de frutas y hortalizas.

En caso de no respetar la ley, las multas que se establecen están en una horquilla de 2.001 a 60.000 euros para las infracciones graves. Estas faltas se pueden dar por diferentes casuísticas como la de impedir mediante estipulación contractual la donación o no dar los excedentes a entidades de iniciativa social. En caso de reincidencia, la multa puede llegar a medio millón de euros.

Aunque no se dispone de datos del desperdicio producido en las diferentes fases de la cadena alimentaria por parte de la industria, sí se tienen respecto al desperdicio en los hogares donde frutas y hortalizas encabezan este penoso ranking, con un 32% y 13,6% respectivamente.

Planes de prevención

Entre las medidas que introduce la norma figura la obligación de elaborar un plan de prevención por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria que permita evitar el desperdicio alimentario. Además, contempla sanciones para bares, restaurantes o supermercados que no cumplan con esta legislación.

Esos planes de prevención deben jerarquizar el uso de los alimentos antes de ser rechazados para su consumo. El prioritario será la donación a entidades benéficas como los bancos de alimentos. Las empresas estarán obligadas a suscribir convenios con las organizaciones receptoras para especificar las condiciones de recogida, almacenamiento y transporte. Todo ello en aras de conocer con total exactitud la procedencia y trazabilidad de la comida.

Si no fuera posible entregar la comida a los bancos, estos alimentos deberán ser transformados en otros productos como zumos o mermeladas. La tercera opción es que sirvan para la alimentación animal. Los últimos usos que debe detallar el plan son la elaboración de subproductos industriales y el reciclado para obtener compost o combustibles. Estas exigencias están dirigidas a los establecimientos que sirvan comida, desde los bares a las grandes superficies comerciales.

Luis Planas, ha señalado que “se trata de un instrumento jurídico pionero para prevenir la ineficiencia en la cadena alimentaria, por la pérdida de lo que se produce y no se utiliza. La norma no tiene carácter sancionador, sino preventivo”.

España se convertiría en el tercer país de la Unión Europea que aprueba una norma de estas características, después de Francia e Italia.

 

 

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